Preguntas frecuentes

ACERCA DE NUESTRA FIRMA

01.

¿Dónde está ubicado?

Nuestras oficinas están ubicadas en: 111 John Street, Suite 1260, New York, NY.

02.

¿Cómo puedo ponerme en contacto con usted?

Puede enviarnos un mensaje AQUÍ y nos pondremos en contacto con usted en breve.

También puede llamar a nuestra oficina al (212) 248 7907. ¡Nuestro equipo estará encantado de atender su llamada en cuanto esté usted listo!

03.

¿Trabaja con clientes que están localizados en otros estados?

¡Sí! Trabajamos de manera remota con clientes de todo el país porque creemos que todos los inmigrantes merecen la mejor representación legal sin importar en qué lugar del país se encuentren.

04.

¿Con qué tipos de casos trabaja?

Trabajamos en casos humanitarios y de inmigración basados en la familia. Para obtener más información sobre cada uno de los tipos de casos con los que trabajamos, haga CLIC AQUí.

05.

¿Cuánto cobrarán por trabajar en mi caso?

Los honorarios se discutirán después de una evaluación de su caso una vez que tengamos una mejor comprensión de lo que requerirá su proceso.

06.

Otro abogado dijo que no ve esperanzas en mi caso, ¿Aún así debería llamarles?

A menudo trabajamos con clientes que pasaron muchos años pensando que no tenían opciones hasta que nos encontraron. Esto se debe a que trabajamos con algunos casos que son pasados por alto por la mayoría de los abogados, y que podrían ofrecer soluciones para algunos de los problemas de inmigración más complicados, como entradas ilegales, divorcios y barras o castigos. 

Siempre recomendamos que reserve una consulta con nosotros para asegurarse de que no quede ninguna oportunidad sin explorar.

Haga clic aquí para reservar su consulta ahora.

ACERCA DE LAS CITAS

01.

¿Cómo puedo reservar una cita?

Para reservar una cita, por favor llame a nuestra oficina al (212) 248-7907.

¡O puede ENVIAR UNA CONSULTA AQUÍ y nuestro equipo estará en contacto con usted muy pronto!

02.

¿Qué debo esperar durante mi cita?

Durante su cita hablaremos acerca de su situación, y le daremos una estrategia de caso personalizada. También abordaremos cualquier duda o inquietud que usted pueda tener.  

Esto nos ayudará a comprender mejor su caso particular y así podremos descubrir qué opciones tiene disponibles para solicitar beneficios de inmigración. 

03.

¿Cuál es la tarifa de su cita?

Nuestra tarifa por consulta de evaluación es de $ 150.

04.

¿Cómo sé si califico para algún beneficio?

¡Cada caso es diferente! Se requerirá una evaluación personalizada de su caso para averiguar para qué podría ser elegible en función de sus circunstancias particulares. 

Durante su cita  aprenderemos sobre su historia y le haremos muchas preguntas importantes para explorar todas las opciones posibles.

ACERCA DE LA CONFIDENCIALIDAD

01.

¿Se le notificará a mi cónyuge?

Su cónyuge NO será notificado si decide hacer una auto-petición para presentar una solicitud por su cuenta. En ningún momento se le pedirá que informe a su pareja de este proceso a menos que usted elija hacerlo. 

Contamos con estrictas medidas de confidencialidad para proteger a nuestros clientes, y no se divulgará información a nadie que no sea usted, nuestro cliente.

02.

¿Me meteré en problemas si tengo antecedentes penales?

Hemos logrado ayudar a muchos clientes a pesar de sus antecedentes penales. 

Sin embargo, es extremadamente importante que usted traiga cualquier documento o registro de estos cargos para que el abogado pueda evaluar el impacto que pueden tener en su proceso de inmigración y revisar si usted aún es elegible para solicitar.

03.

¿Debo revelar mis antecedentes penales con la abogada?

Siempre debe discutir cualquier arresto, cargo o problema que haya tenido con la policía en el pasado. 

Incluso si los cargos fueron retirados, desestimados, eliminados o borrados, debe informarnos para que así podamos proporcionar una evaluación precisa de su caso. 

04.

Tengo miedo de meterme en problemas si mi familia o mi cónyuge encuentran mi correo.

Sabemos que muchos de nuestros clientes actualmente se encuentran en situaciones difíciles y que pueden temer por su seguridad si alguien encuentra su correspondencia. 

Todo su correo de inmigración será entregado de forma segura a nuestra oficina para que nunca tenga que preocuparse. Nuestro equipo estará siempre en contacto con usted para mantenerle informado de cualquier desarrollo o actualización que haya en su caso.

ACERCA DE Auto-Solicitud VAWA

01.

¿Qué es una auto-petición de VAWA y cuáles son los beneficios?

Una auto-petición de VAWA es un tipo especial de caso que puede ayudar a los inmigrantes que han recibido malos tratos por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense o de su hijo adulto. Este tipo de caso podría ayudarles a obtener un permiso de trabajo y una green card.

VAWA permite al inmigrante solicitar beneficios por su cuenta, sin la ayuda de su cónyuge o hijo, ¡De hecho, su cónyuge / hijo ni siquiera tiene que saber acerca de esta petición!

Haga clic aquí para obtener más información sobre cómo calificar para VAWA como cónyuge de un ciudadano estadounidense

Haga clic aquí para obtener más información sobre cómo calificar para VAWA como padre de un ciudadano estadounidense

02.

¿Es necesario ser víctima de violencia física para solicitar VAWA?

No es necesario que usted haya experimentado abuso físico o violencia física para ser elegible para VAWA.  El abuso puede suceder de muchas otras formas.

Existen muchas otras situaciones como el abuso emocional, el sufrimiento, la crueldad, la manipulación o el control que le harían un buen candidato para solicitar VAWA sin la ayuda de su hijo o cónyuge ciudadano estadounidense. 

03.

¿Puedo seguir en una relación cónyuge después de hacer una solicitud de VAWA? ¿Qué pasa si nos reconciliamos?

Reconocemos que las relaciones son complicadas. Para VAWA, no existe un requisito legal de que usted se separe o se divorcie. Usted es libre de regresar con su cónyuge y retomar su relación si cree que esa es la mejor decisión para usted. 

Su solicitud no se verá afectada si usted y su cónyuge se reconcilian o si deciden permanecer juntos. No tendrá que retirar o cancelar su solicitud, y no habrá cambios en su caso.

04.

¿Mi cónyuge/hijo se meterá en problemas?

Su cónyuge o hijo NO se meterá en problemas. Una solicitud de VAWA no creará un informe policial ni antecedentes penales. Esta aplicación no afectará a su pareja o a su hijo de ninguna manera.

Esta persona podrá seguir viviendo su vidas sin ninguna interferencia. De hecho, ¡Ni siquiera sabrán que usted está haciendo este proceso a menos que usted decida informarles! 

05.

¿Tendré que involucrar a la policía?

Muchas personas piensan que necesitan presentar cargos o tener un informe policial para ser elegibles para VAWA, ¡Pero esto no es verdad! 

De hecho, la mayoría de nuestros clientes no contaron con ninguno de estos documentos para su caso y aún así han tenido éxito. Si solicita VAWA, nuestro equipo trabajará con usted para documentar su situación y reunir la evidencia necesaria para que su caso tenga éxito.

ACERCA DE LA ELIMINACIÓN DE CONDICIONES  I-751

01.

¿Qué es una eliminación de condiciones I-751?

Si usted ha estado casado por menos de dos años y solicita una green card basada en el matrimonio, usted recibirá recibirá una green card condicional de dos años cuando su solicitud sea aprobada.

Antes de que esta venza, usted tendrá que completar un proceso llamado I-751 Eliminación de Condiciones para obtener su Green Card de Residente Permanente de diez años. 

Haga clic aquí para obtener más información sobre el producto

02.

¿Todavía puedo obtener una green card de diez años si me divorcio o me separo de mi cónyuge?

¡Sí! Aún podría ser elegible si usted y su cónyuge se han divorciado o separado en los últimos dos años, pero este proceso requiere una exención especial.

Si actualmente está pasando por esta situación, llámenos para ver si podemos ayudarle a continuar su solicitud sin la ayuda de su cónyuge.

03.

¿Aún puedo presentar una solicitud si mi cónyuge no me ayuda?

Si su cónyuge se niega a ayudarle, ha estado tratando de atrasar su solicitud, o amenazando con cancelar y no presentarse a su entrevista, podría ser elegible para continuar esta solicitud sin su ayuda.

Si actualmente está pasando por esta situación, llámenos para ver si podemos ayudarle a continuar su solicitud por su cuenta.

ACERCA DEL ASILO

01.

¿Cuándo debo solicitar asilo?

Una vez que haya ingresado a los Estados Unidos, deberá presentar su solicitud de asilo antes de que haya pasado un año.

02.

¿Puedo presentar una solicitud desde fuera de los Estados Unidos?

No, solo es posible solicitar asilo desde dentro de los Estados Unidos.

03.

¿Qué pasa si no cumplo con la fecha límite?

Debe solicitar asilo dentro del primer año desde su ingreso a los Estados Unidos. Si no ha logrado cumplir con la fecha límite y ha pasado más de un año, ¡Todavía hay esperanza! Aún puede intentar solicitar asilo, pero debe demostrar a USCIS que califica para una excepción a la fecha límite. 

Deberá proporcionar evidencia de la circunstancia que le impidió presentar la solicitud durante el primer año. Algunos ejemplos de posibles excepciones incluyen cambios en las condiciones en su país, cambios en sus circunstancias personales u otras circunstancias extraordinarias que se pudieron haber presentado.

OTRAS PREGUNTAS

01.

¿Cuánto tiempo tardará mi caso en ser presentado?

Si bien esto dependerá de algunos factores, como la rapidez con la que recibimos todos sus documentos y el tiempo que nos llevará preparar su caso, nuestro objetivo es completar cada caso de forma eficiente, pero sin sacrificar la calidad de nuestro trabajo. 

Nos tomamos muy en serio su proceso de inmigración. Es por ello que nuestro equipo prepara el caso de cada cliente con excelencia, prestando especial atención a cada detalle, para asegurarse de que cada cliente tenga la mejor oportunidad posible de obtener la aprobación que se merece.

02.

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener una respuesta?

Depende de su caso. Los casos basados en el matrimonio tardan alrededor de un año y medio en finalizar, mientras que los casos VAWA pueden tardar hasta dos años y medio. 

03.

¿Qué pasa si no he recibido una respuesta?

¡No se preocupe! USCIS está increíblemente ocupado, y existen muchos retrasos en el procesamiento de los casos. Lo más probable es que esta  sea la razón por la que aún no ha recibido una decisión final.

Para obtener más información sobre su tiempo estimado de procesamiento, puede revisar el sitio web de USCIS AQUÍ

Como cliente, siempre podrá ponerse en contacto con nosotros si tiene preguntas sobre el estado de su caso.

04.

¿Puedo viajar al extranjero durante el proceso?

Siempre debe consultar con el abogado antes de viajar al extranjero para asegurarse de que esto es algo que puede hacer de forma segura y para evitar cualquier problema al volver a ingresar a los Estados Unidos.

05.

¿Qué sucede si me detiene ICE?

Si usted es detenido por ICE, por favor llámenos inmediatamente para que podamos ayudarle de la mejor manera posible.

¿Aún tiene preguntas?

Si no ve la respuesta que busca, contáctenos con su pregunta.

Address:
111 John St Suite 1260 
New York, NY 10038
Hours:
Mon-fri, 9:00Am-5:00pm (EST)
Address:
111 John St Suite 1260 
New York, NY 10038
Hours:
Mon-fri, 9:00Am-5:00pm (EST)
map of New York City with icon at location of Moumita's law office