I-751 – ELIMINACIÓN DE CONDICIONES EN LA RESIDENCIA (PERDONES POR DIVORCIO O ABUSO)

Si obtuviste una residencia condicional de 2 años a través del matrimonio, deberás presentar una petición I-751 para eliminar esas condiciones y obtener una tarjeta de residencia permanente válida por 10 años. Este proceso es, esencialmente, el segundo paso para los inmigrantes basados en matrimonio, en el que deben demostrar que su unión fue legítima y continuar con su estatus legal. Nuestra firma se especializa en casos I-751, especialmente aquellos que involucran situaciones difíciles como divorcio, separación o abuso conyugal. Sabemos que en dos años la vida puede cambiar mucho. Si tu matrimonio terminó o tu cónyuge se niega a ayudarte con el formulario I-751, no entres en pánico. Tienes la opción de presentar una petición individual con un perdón (waiver), y estamos aquí para ayudarte a hacerlo con éxito.

El proceso del I-751

Por lo general, el esposo y la esposa presentan juntos una petición I-751 dentro de los 90 días antes de que expire la residencia condicional de 2 años. Esta petición conjunta debe incluir evidencia de que el matrimonio sigue vigente y fue de buena fe (por ejemplo, finanzas compartidas, convivencia, hijos en común, etc.). Si es aprobada, se eliminan las condiciones y obtienes la residencia permanente de 10 años. Pero ¿qué pasa si no puedes presentar la solicitud en conjunto? Muchos de nuestros clientes llegan a nosotros porque la relación matrimonial se rompió antes de llegar a los 2 años, ya sea por divorcio o, en muchos casos, por abuso o abandono por parte del cónyuge que presentó la petición original. La buena noticia es que la ley de inmigración en EE.UU. te permite presentar el formulario I-751 por tu cuenta, con un perdón, si se aplica alguna de las siguientes circunstancias:

Puedes presentar un perdón del I-751 de manera individual si:

Entraste al matrimonio con intenciones genuinas, pero terminó en divorcio. (Esto se conoce como el “perdón por divorcio” – deberás incluir una copia oficial del acta de divorcio junto con tu petición).

Te casaste de buena fe, pero durante el matrimonio sufriste violencia física o crueldad extrema por parte de tu cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente (o tu hijo fue víctima de abuso por parte del cónyuge). (Esto es el “perdón por abuso”, diseñado para proteger a sobrevivientes de violencia doméstica. No tienes que quedarte en un matrimonio abusivo para conservar tu residencia – la ley te permite presentar la solicitud solo/a si sufriste abuso).

Tu deportación causaría dificultades extremas. (Este tipo de perdón es menos común y requiere demostrar circunstancias inusualmente graves si tuvieras que salir de EE.UU.).

Si tu cónyuge falleció, puedes convertir tu solicitud I-751 en una petición con perdón. (Este tipo de caso se maneja de manera distinta según la ley, y también tenemos experiencia con ellos).

Actuar con rapidez es clave. Es muy importante actuar rápido para evitar perder tu estatus migratorio. Te orientamos sobre cuándo y cómo presentar el formulario I-751 para proteger tu residencia de la mejor manera posible.

Casos complejos que resolvemos

Muchos inmigrantes que presentan la I-751 de manera individual se preocupan por cómo demostrar que su matrimonio fue de buena fe sin la ayuda del cónyuge, o cómo comprobar un abuso si no hay evidencia “clara”. Aquí es donde nuestra experiencia hace toda la diferencia. Te ayudamos a armar un paquete sólido de evidencia, incluyendo:

  • Documentos del matrimonio (arrendamientos conjuntos, facturas, fotos, declaraciones juradas de amistades o familiares).
  • Declaraciones personales detallando la relación.
  • En casos de abuso: cualquier evidencia creíble es válida —desde reportes de consejería, registros de refugios, mensajes de texto o correos con amenazas, hasta informes médicos.

Sabemos que muchas veces las víctimas no tienen reportes policiales ni órdenes de restricción. No pasa nada. Trabajamos con lo que tengas y lo presentamos de forma estratégica. Nuestros abogados suelen incluir también un memorando legal explicando cómo tu evidencia cumple con los requisitos de ley.

No le tengas miedo al I-751: Le decimos a nuestros clientes:

“Tu historia no termina con un divorcio o un abuso. Te ayudamos a escribir el siguiente capítulo.” Es fundamental presentar el I-751 a tiempo, pero incluso si ya pasó la fecha, puede haber manera de justificar el retraso y presentar la solicitud con causa justificada. Si USCIS agenda una entrevista, te preparamos con anticipación y te acompañamos. Tener un abogado presente puede marcar una gran diferencia, especialmente en casos sensibles o complicados. Nos aseguramos de que el oficial de inmigración escuche tu historia con justicia y entienda tu evidencia.

Enfoque especial: divorcios y cónyuges que no cooperan

Muchos de nuestros clientes I-751 enfrentan situaciones donde el cónyuge se niega a firmar la petición conjunta, retrasa el proceso intencionalmente o incluso amenaza con sabotear el estatus migratorio. Es importante que sepas: tu cónyuge no tiene la última palabra sobre tu residencia. Incluso si no quiere firmar o ya están separados, podemos ayudarte a presentar tu petición por tu cuenta. En algunos casos, cuando un cónyuge usa la tarjeta verde como forma de control o manipulación (“te ayudo sólo si haces lo que yo quiero”), eso se considera abuso emocional o financiero. Hemos logrado convertir casos de “no cooperación” en solicitudes por abuso, mostrando cómo ese patrón de comportamiento encaja en lo que la ley considera crueldad extrema. También hemos ganado casos donde el ciudadano estadounidense trató de revocar la Green Card por venganza, pero gracias a una petición bien fundamentada, nuestro cliente mantuvo su residencia y recuperó el control sobre su vida.

¿Qué pasa después de presentar la solicitud?

Una vez que presentas tu I-751 (ya sea conjunta o con perdón), USCIS enviará un aviso de recibo que extiende tu residencia condicional por 48 meses adicionales desde la fecha de vencimiento, lo que te mantiene en estatus legal mientras esperas la decisión. El proceso puede tardar más de un año, pero nosotros seguimos tu caso de cerca. Durante ese tiempo, con la extensión puedes seguir trabajando y viajando como residente permanente. En algunos casos bien documentados, USCIS puede decidir no hacer una entrevista, especialmente si se trata de solicitudes conjuntas con pruebas sólidas. En las solicitudes con perdón, la entrevista es más común, pero no automática. Si te citan, probablemente sea para confirmar la autenticidad del matrimonio o los detalles del abuso. Te preparamos para cada pregunta y te acompañamos en todo momento.

En el mejor de los casos, USCIS aprueba tu I-751 y te envía tu residencia permanente de 10 años, abriendo el camino para solicitar la ciudadanía.

Caso de éxito

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Representamos a una cliente cuyo esposo ciudadano estadounidense la abandonó al año de casarse y se negó a presentar la I-751. La ayudamos a reunir evidencia de que el matrimonio fue real (fotos de la boda, testimonios de vecinos sobre la convivencia) y a documentar el abuso psicológico (mensajes amenazantes, conductas controladoras). Presentamos una solicitud I-751 con perdón por abuso. No había reportes policiales, pero su testimonio creíble y una declaración bien redactada por nuestro equipo bastaron para que USCIS aprobara el caso sin entrevista. Hoy ella tiene su residencia permanente de 10 años y recientemente se convirtió en ciudadana estadounidense —todo por su cuenta. Tú también puedes lograrlo, y nosotros podemos ayudarte a llegar allí.

Nuestro compromiso contigo

Al contratarnos para tu I-751, obtienes un equipo comprometido que tratará tu caso como una prioridad. Sabemos que estás jugando mucho: tu vida en Estados Unidos, tu futuro, tu estabilidad.

Nos ocupamos de cada detalle:

  • Usamos el formulario correcto y la tarifa adecuada (para evitar rechazos).
  • Respondemos cada pregunta con precisión.
  • Armamos un paquete de evidencia claro, convincente y legalmente sólido.

Nuestros abogados están al tanto de todos los cambios en las políticas de USCIS (como si están eximiendo entrevistas o cómo funcionan las extensiones de 48 meses). Te mantenemos informado y disponible para cualquier duda o inquietud.

Moumita

Elimina las condiciones con confianza

Si tu tarjeta condicional vence en menos de un año (o ya venció) y necesitas ayuda con la I-751 —sobre todo si estás pasando por una situación difícil— contáctanos lo antes posible. Cuanto antes comencemos, mejor podremos proteger tu estatus. Tenemos más de 15 años de experiencia guiando a inmigrantes en este proceso exacto. Deja que nuestro conocimiento, habilidad y compasión sean tu respaldo. Tu sueño de residencia permanente no tiene por qué terminar por un divorcio, un cónyuge que no coopera o un obstáculo legal. Agenda una evaluación de caso hoy y da el siguiente paso para asegurar tu futuro en Estados Unidos, en tus propios términos.

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Preguntas frecuentes – I-751

Si recibiste una green card condicional por matrimonio con una validez de 2 años, debes presentar el Formulario I-751, Petición para remover las condiciones en la residencia, para obtener una residencia permanente de 10 años. Este proceso es esencialmente un segundo paso para demostrar que tu matrimonio fue genuino y no por motivos migratorios. Es crítico presentarlo a tiempo, dentro del periodo de 90 días antes de que expire tu tarjeta de 2 años. Una vez presentado, tu estatus se extiende mientras se revisa la petición. Si es aprobado, se eliminan las condiciones y recibes tu green card regular de 10 años.

No presentar el I-751 antes del plazo puede hacer que tu estatus expire, y podrías ser considerado deportable de EE.UU. Si perdiste el plazo, es muy importante que contactes a un abogado de inmediato. En algunos casos, USCIS acepta solicitudes tardías si puedes demostrar una causa justificada (como una hospitalización, enfermedad grave u otra circunstancia extraordinaria). Pero no conviene arriesgarse: lo mejor es presentar a tiempo. Si ya expiró tu estatus, estás en situación de riesgo y debes buscar ayuda legal lo antes posible para presentar el formulario con una explicación válida del retraso.

Sí, es posible. Si no puedes presentar la solicitud conjunta con tu cónyuge por razones como divorcio o abuso, puedes pedir un perdón a la obligación de presentar en conjunto. Hay distintas bases legales para pedir este perdón, como que tu matrimonio fue de buena fe pero terminó en divorcio, o que sufriste maltrato o crueldad extrema por parte de tu cónyuge ciudadano o residente. En estos casos, puedes presentar el I-751 por tu cuenta en cualquier momento después del divorcio o la separación —no necesitas esperar al periodo de 90 días. Tendrás que presentar evidencia del matrimonio genuino y del divorcio, o del abuso (junto con pruebas de que el matrimonio fue de buena fe). Nuestro equipo tiene amplia experiencia en solicitudes I-751 con perdón para personas divorciadas o en matrimonios abusivos. Podemos ayudarte a mantener tu residencia sin depender de tu cónyuge.

Si tu cónyuge se niega a cooperar con la solicitud conjunta —ya sea por separación, falta de interés o porque amenaza con no asistir a una posible entrevista— debes considerar presentar la I-751 por tu cuenta con un perdón. Incluso si todavía están legalmente casados pero viven separados, puedes calificar para un perdón por “crueldad extrema” si hubo abuso emocional, control o maltrato. Lo más importante es no dejar pasar la fecha límite. Te orientamos con la mejor estrategia. Muchos clientes nos dicen: “Mi cónyuge no quiere firmar el I-751”, y nosotros los ayudamos a presentar por su cuenta para que no pierdan la residencia. Si estás en esta situación, no lo postergues: busca asesoría legal cuanto antes.

Si tu solicitud I-751 está bien documentada (con cuentas bancarias conjuntas, contrato de arrendamiento, seguros, fotos, hijos en común, etc.), podrías obtener la aprobación sin entrevista. Sin embargo, si USCIS tiene dudas —o si presentaste un perdón (por divorcio o abuso)— es más probable que programen una entrevista para hacerte preguntas sobre el matrimonio. Te preparamos a fondo en caso de que te citen y te acompañamos el día de la entrevista. Si te convocan, estaremos contigo para ayudarte a responder las dudas del oficial de inmigración.

Si presentas conjuntamente con tu cónyuge, el I-751 debe enviarse durante los 90 días antes de que expire tu residencia condicional. Sin embargo, si solicitas una exención del requisito de presentación conjunta (por ejemplo, por divorcio o abuso), no hay fecha límite: puedes presentar tu petición en cualquier momento después de recibir tu residencia condicional.

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